El SIRE, conformado por el Módulo RVIE y el Módulo RCE, ofrece una plataforma electrónica para la propuesta y registro conjunto de las operaciones de compras y ventas, sin embargo, la implementación de esta nueva herramienta requiere tiempo de adaptación y aprendizaje por parte de los contribuyentes.
Para brindar un período de adaptación adecuado, la Resolución de Superintendencia 000005-2024-SUNAT amplia la facultad discrecional de la resolución 039-2023- SUNAT de no sancionar ciertas infracciones relacionadas con el uso del SIRE:
- Infracción por el numeral 10 del artículo 175 del Código Tributario (llevar con atraso con libros).
- Infracción por el numeral 2 del artículo 175 del Código Tributario (no llevar los libros de acuerdo con las formas y condiciones)
Supuesto 1: No sancionar por enviar con atraso los registros de compras y ventas Sire desde el periodo obligado (la mayoría ya empezó en octubre 2023) hasta el periodo Marzo 2024 teniendo un plazo adicional como fecha máxima de presentación hasta el 30 de Abril 2024..
Supuesto 2: No sancionar por no haber cerrado los registros de compras y ventas en el mes previo a la obligación de llevar los mencionados registros por SIRE siempre y cuando se regularice la presentación SIRE hasta el 30 de abril del 2024.
Es importante destacar que estas medidas tienen como objetivo principal facilitar la transición hacia el uso del SIRE, garantizando la correcta implementación del sistema y brindando apoyo a los contribuyentes en este proceso de adaptación.